CIUDAD VICTORIAPORTADATAMAULIPAS

Agresiones sexuales son hechos cotidianos en Tamaulipas

-Reportan más de mil víctimas.

Benny Cruz Zapata.

Cd.Victoria,Tamaulipas.-Las agresiones sexuales son cada vez más frecuentes en Tamaulipas, llegando ya a 1, 021 víctimas que las han sufrido y denunciado, en el último reporte que publica el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública, se expone que los abusos sexuales acaparan la estadística con un total de 477 denuncias que se han dado en este año.

La estadística institucional exponen que la población afectada ha sido sujeta a todo tipo de agresiones sexuales que van desde abusos sexuales, violaciones hasta acoso y  hostigamiento sexual.

En el recuento mensual de incidencia delictiva que da a conocer el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad pública, los delitos sexuales destacan entre los más frecuentes, que se denuncian tanto de manera presencial como a través del 911.

En el reporte señalado, en el apartado total de delitos contra la libertad y la seguridad sexual, los abusos sexuales acaparan la estadística con 477 denuncias, le siguen el acoso y hostigamiento sexual con 113 demandas, asi como los casos de las violaciones simples que las han padecido 319 personas..

Vale mencionar que en el Código penal está establecido en el:

ARTÍCULO 267.- Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

Si se hiciera uso de violencia, física o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

ARTÍCULO 268.- A quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra

persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

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