CIUDAD VICTORIATAMAULIPAS

De 60 a 100 años de prisión a violadores  en Tamaulipas 

Benny Cruz Zapata

Ciudad Victoria, Tamaulipas.-Sentencias penales entre 60 y hasta más de100 años de prisión se están dando en Tamaulipas a los violadores, siendo varias causales del delito lo que ha ameritado que la justicia imponga estas condenas.

De acuerdo a información de la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas exponen como ejemplo que en Tampico informa que, el Agente del Ministerio Público obtuvo sentencia de 60 años con 3 meses de prisión en contra de Camilo Alejandro “C”, por los delitos de Abuso Sexual y Violación Agravada a menor de edad.

Un Juez emitió la sentencia después de que el Representante Social acreditó con pruebas contundentes la responsabilidad del hoy sentenciado en los citados delitos, registrados en diversas ocasiones en los años 2021 2022 y 2023, donde aprovechando la confianza depositada en él por la familia cometió el ilícito.

La autoridad judicial también decretó que Camilo Alejandro “C” deberá pagar la cantidad de 27 mil, 142.50 pesos por concepto de multa.

No ha sido el único caso de castigos penales ya que en el 2023 se ejecutó una sentencia de 111 años de prisión al violador de una niña.

Fue la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos contra Niñas, Niños y Adolescentes y Delitos contra las Mujeres por Razones de Género quién realizó las acciones jurídicas necesarias para que fuera dictada sentencia condenatoria de 111 años con 3 meses de prisión en contra de Alejandro “P”, por los delitos de Abuso Sexual y Violación ambos agravados a una menor de edad de la comunidad de Nueva Apolonia, de San Fernando.

Es de mencionar que de acuerdo al Código penal en el:  CAPÍTULO III

VIOLACIÓN

ARTÍCULO 273.- Comete el delito de violación, el que por medio de la violencia física o moral, tenga cópula con una persona sin la voluntad de ésta, sea cual fuere su sexo.

ARTÍCULO 274.- Al responsable del delito de violación se le impondrá una sanción de diez a dieciocho años de prisión. Si la víctima fuere el cónyuge o concubina o concubinario, independientemente de su género, sólo se perseguirá por querella de la parte ofendida.

Si la víctima del delito fuere menor de catorce años, o quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo, la sanción será de 30 a 40 años de prisión.

ARTÍCULO 267.- Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Síguenos en las Redes Sociales

Deja un comentario

This site is protected by wp-copyrightpro.com