IETAM resolvió siete procedimientos sancionadores especiales
Ciudad Victoria, Tamaulipas.-En esta sesión pública las consejerías electorales resolvieron siete procedimientos sancionadores especiales de acuerdo a lo siguiente:
En el desahogo del expediente de clave PSE-49/2024, las y los integrantes del Consejo General resolvieron como inexistente la infracción atribuida a Luis René Cantú Galván, candidato a Presidente Municipal de Reynosa, Tamaulipas, consistente en actos anticipados de precampaña y/o campaña.
En cuanto hace al procedimiento PSE-62/2024, se determinó que son inexistentes las supuestas infracciones atribuidas al Ayuntamiento de Altamira, Tamaulipas; a Rosa Irma Luque Pérez, presidenta honoraria del Patronato del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia; Demetrio Rosas Camacho, Coordinador de la clínica zona centro; Gustavo Adolfo Ramírez Guerrero, encargado del despacho de Educación; Blanca Ortega Martínez, Jefa de los Centros de Atención Infantil Comunitarios, Centro de Cuidado Diario Infantil y Guarderías; Ma. Luisa Cuevas Rivera, Directora de Protección Civil; y José Juan Juárez Galván, encargado del despacho de la Coordinación de Comunicación Social; todos del Gobierno Municipal de Altamira, Tamaulipas, consistente en difusión de propaganda gubernamental durante la etapa de campaña.
Respecto al procedimiento identificado con la clave PSE-81/2024, se declaró existente la infracción consistente en contravención a las reglas en materia de propaganda política-electoral relacionadas con el principio del interés superior de la niñez, en modalidad de aparición incidental, e inexistentes las infracciones consistentes en uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuidas a Luis Antonio Medina Jasso, Presidente Municipal de Soto la Marina, Tamaulipas, y otrora candidato independiente al referido cargo de elección popular, por lo que se le impuso como sanción una amonestación pública y se enlistó a dicho actor como sujeto sancionado por el Instituto.
Dentro del mismo expediente resultaron inexistentes las infracciones atribuidas a Gonzalo Lozano González, Director de Servicios Públicos del Ayuntamiento del referido municipio, consistentes en uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.
Respecto al procedimiento sancionador especial identificado con la clave PSE-103/2024, las Consejerías resolvieron como inexistente la supuesta infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida a David Armando Valenzuela Barrios, Presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática en Tamaulipas.
De igual forma, respecto al procedimiento de clave PSE-104/2024, se resolvieron como inexistentes las supuestas infracciones por uso indebido de recursos públicos y difusión de propaganda gubernamental durante la etapa de campaña atribuidas a Carmen Lilia Canturosas Villarreal, Presidenta Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, y candidata por la vía de la reelección al mismo cargo. Asimismo, como inexistente la infracción atribuida a Carlos Germán de Anda Hernández, Secretario de Obras Públicas del Ayuntamiento del mismo municipio; consistente en difusión de propaganda gubernamental durante la etapa de campaña, así como inexistente la infracción al Partido Político Morena, consistente en culpa in vigilando.
En el séptimo punto del orden del día se resolvió el procedimiento de clave PSE-105/2024, declarando inexistente la supuesta infracción atribuida a Dora Celia Hernández Juárez, Ángel Pacheco Cárdenas, María de Jesús Olivo Rodríguez, Bonifacio Bandala Olivo, Bruno López Álvarez, Elena Berenice Medellín de la Cruz, Juan Rodríguez Alfaro, Miguel Ángel Gámez Gómez, José Arturo M. Vélez Cícero, Miguel Ángel Domínguez Bautista, María de la Luz Mar Estrada, María Elena Serratos Bolado, Elizabeth Villaseñor Llañes, Marco Antonio Benítez Lucio, Mireya Yolanda Saldaña Pineda, Fabiola del Rocío Chow Chong, José Alfonso Guerrero Pozos, Luis Ángel de la Torre Villanueva; y Alma Delia Pérez Don Juan, servidores públicos del Ayuntamiento de Tampico, Tamaulipas, consistente en uso indebido de recursos públicos.
Finalmente, se resolvió el procedimiento sancionador especial identificado con la clave PSE-107/2024, determinando como existente la infracción atribuida a Alberto Enrique Alanís Villarreal, consistente en incumplimiento a la medida cautelar ordenada en el Procedimiento Sancionador Especial PSE-97/2024, consistente en retirar propaganda polítíco-electoral colocada dentro de los tres días previos a la jornada electoral, por lo que le fue impuesta una sanción económica.
De igual forma, se determinó existente la infracción atribuida al Partido Acción Nacional, consistente en culpa in vigilando. Asimismo, se inscribieron en el catalogo de sujetos sancionados del Instituto.
El Instituto Electoral de Tamaulipas, hace del conocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación; no obstante, las siete resoluciones pueden consultarse en el siguiente enlace:
https://ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2024&idTdoc=4