CIUDAD VICTORIATAMAULIPAS

Delincuentes sexuales los más detenidos

Benny Cruz Zapata.

Cd. Victoria, Tamaulipas.-En Tamaulipas de enero a la fecha se han denunciado 472 delitos  cometidos contra la libertad y la seguridad sexual, así se informa a través del Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública,  siendo el delito de abuso sexual más frecuente con 211 demandas formales ante las autoridades y le sigue la violación simple con 155 casos.

En este tenor la Fiscalía General de Justicia informa la  aplicación de ley a los delincuentes sexuales ya que tan solo en una semana se detuvieron a ocho personas por delitos de este tipo.

Un ejemplo de ello lo comparte la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas informa que, la Agente del Ministerio Público adscrita a la  Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos contra Niñas, Niños y Adolescentes y Delitos contra las Mujeres por Razones de Género (FENNAM), logró que fuera dictada sentencia de 30 años de prisión en contra de Francisco Randal “I”  por el delito de Violación a una niña.

Una vez valoradas las pruebas aportadas por la Representante Social y la exposición de la defensa, un Juez Unitario de Enjuiciamiento, lo encontró culpable de los hechos registrados el 26 de mayo del 2022 en la colonia Lomas de Guadalupe de esta ciudad.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas refrenda que no habrá impunidad para quienes atenten contra los derechos e integridad de las niñas, niños y adolescentes tamaulipecos.

De acuerdo al Código penal en el:

ARTÍCULO 267.- Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

Si se hiciera uso de violencia, física o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

ARTÍCULO 268.- A quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

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