CIUDAD VICTORIATAMAULIPAS

Empresas discriminan a mujeres por su físico

Benny Cruz Zapata.

Cd. Victoria, Tamaulipas.-A fin de evitar ser sujetas de discriminación cuando solicitan empleo, las mujeres en Tamaulipas ya no están obligadas a incluir su fotografía en las solicitudes de trabajo ni en su currículum vitae, informa la Diputada Casandra de los Santos Flores.

Puntualiza que la acción legislativa  establece  en  la  Ley  para  Prevenir  y  Erradicar  la Discriminación en el Estado que ningún órgano público, persona física o moral realice actos que discriminen a una persona por razones de origen étnico nacional o regional y cualquier otro que atente contra la dignidad humana,.

Por lo anterior se marca que no sea una condición incluir en la solicitud de empleo o el currículum vitae fotografía del solicitante, con el fin de evitar la discriminación por ser determinados rasgos físicos o un aspecto  que  puede  o  no  coincidir con  los  estándares  socialmente  establecidos.

Lo mencionado se deriva de las prácticas discriminatorias que imperan en el ámbito laboral en el cual les exige en la solicitud de empleo o currículum vitae la identidad del solicitante mediante su imagen generando que la selección del aspirante al empleo se preste a prácticas discriminatorias que no atañen a la capacidad, conocimiento y talento laboral que se requiere para acceder a un empleo.

Al respecto, la ley federal para prevenir la discriminación establece la facultad del Estado para tomar medidas oportunas a fin de proteger, prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, así como promover la igualdad de oportunidades y del trato.

Se estima el  hecho  de  establecer  como  una  condición  una  fotografía  en  el currículum vitae o solicitud de trabajo contraviene el principio de no discriminación.

Asimismo vale  destacar que la protección de datos personales también es un derecho fundamental, el cual indica que el Estado garantizará la privacidad de los individuos y deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que pudieran afectar arbitrariamente.

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